por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC y se dictan otras disposiciones
Que el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto-ley 19 de 2012 y los artículos 95, 96 y 97 del Decreto 1227 de 2005, para modificar su planta de personal, encontrándolo técnicamente ajustado y emitiendo, en consecuencia, concepto técnico favorable.
Que para los fines de este decreto la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó concepto favorable.
Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC, en la sesión extraordinaria del día 22 de mayo de 2012, según Acta número 3, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la planta de personal del INPEC.
DECRETA:
Artículo 1°. Suprímense de la planta de personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC, los siguientes cargos:
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
|---|---|---|---|
| No. CARGOS | DENOMINACION | CODIGO | GRADO |
| 37(Treinta y siete | Instructor | 3070 | 10 |
| 7 (Siete) | Odontólogo Medio Tiempo | 2087 | 12 |
| 22(Veintidós) | Medico Medio Tiempo | 2085 | 12 |
Artículo 2°. Créanse en la planta de empleos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC los siguientes cargos:
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
|---|---|---|---|
| No. CARGOS | DENOMINACION | CODIGO | GRADO |
| 3(Tres) | Tecnico Administrativo | 3124 | 11 |
| 32(Treinta y Dos) | Tecnico Operativo | 3132 | 10 |
| 20(Veinte) | Auxiliar administrativo | 4044 | 13 |
| 8(Ocho) | Secretario | 4178 | 13 |
Artículo 3°. El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC, mediante acto administrativo, distribuirá los cargos de la planta global y ubicará al personal teniendo en cuenta la organización interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio del Instituto.
Artículo 4°. El Director General proveerá los empleos creados en el presente decreto, mediante la incorporación directa de los servidores del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario - INPEC, necesarios para atender las funciones propias del Instituto y conforme a las apropiaciones presupuestales.
Artículo 5°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 271 de 2010.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de julio de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
La Ministra de Justicia y del Derecho,
Ruth Stella Correa Palacio.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor.
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