Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso

Rango Decreto
Publicación 1934-08-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros autorizó el traslado de la cantidad de $ 6,000, dentro del presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas,

DECRETA:

Artículo único. Hácese el siguiente traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso:
Del artículo 240, capítulo. 52 $ 4,000
Del artículo 278, capítulo 59 2,000
Al artículo 241, capítulo 52 $ 6,000
Sumas iguales $ 6,000 6,000

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 6 de agosto de 1934.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Obras Públicas,

Alfonso ARAUJO

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