Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 1° de septiembre en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para trasladar una suma dentro del presupuesto del Ministerio de Gobierno (Policía Nacional), según consta en la nota número 6897, procedente de la Secretaría de dicha, entidad,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente
MINISTERIO DE GOBIERNO
| Capitulo 18: | ||
|---|---|---|
| Del artículo 147. Para el pago de arrendamiento de locales al Servicio de la Policía Nacional | $700.00 | |
| Al artículo 164. Para compra de armamento menor y pertrecho para el mismo, y elementos para bandas de guerra de la Policía Nacional | 700.00 |
Articulo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de septiembre de 1941.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Gobierno,
Jorge GARTNER
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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