Por el cual se aprueba la resolución número 43 de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones

Rango Decreto
Publicación 1950-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere la Ley 90 de 1948,

DECRETA:

Articulo único. Apruébase la siguiente Resolución de la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones,

"RESOLUCION NUMERO 43 DE 1950 (MAYO 6)

por la cual se da un plazo de gracia sobre el registro de unos depósitos en el Fondo de Estabilización.

La Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones,

en uso de las facultades que le confieren los Decretos números 1591 de 1937, 326 de 1938 y 568 de 1946, y

CONSIDERANDO:

RESUELVE:

Artículo 1° Concédese un plazo de gracia hasta el 31 de mayo del presente año, inclusive, a las 11 a. m., para la presentación de los docummtos indispensables por parte de los importadores, para la devolución de los depósitos de que tratan las Resoluciones citadas en el considerando primero de la presente.
Artículo 2° La Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones ordenará que se consignen en las respectivas Oficinas de Hacienda Nacional los depósitos cuya devolución no hubiere sido solicitada en tiempo oportuno o cuya solicitud haya sido resuelta negativamente.
Artículo 3° Esta Resolución rige desde la fecha de su aprobación;

Dada en Bogotá a 6 de mayo de 1950.

El Presidente de la Junta Directiva.

(Firmado), Hernán Jaramillo Ocampo

El Jefe de la Oficina,

(Firmado), Samuel Hoyos Arango

Esta Resolución fue aprobada por la Junta Directiva de la Oficina de Control de Cambios, Importaciones y Exportaciones, en su sesión celebrada el día 6 de mayo de 1950, acta número 518.

El Secretario de la Junta,

(Firmado), Julio Gutiérrez".

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de mayo de 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernán JARAMILLO OCAMPO

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