por el cual se aprueba la Planta de Personal de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa

Rango Decreto
Publicación 2001-08-10
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE SALUD
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Junta Directiva de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, sometió a aprobación del Gobierno Nacional su Planta de Personal, de acuerdo con el Acta de fecha 16 de julio de 2001,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase la Planta de Personal de empleados públicos de la Empresa Territorial para la Salud, Etesa, así:
Nº de cargos Dependencia y denominación del empleo Código Grado
PRESIDENCIA
Uno (1) Presidente de Entidad Descentralizada 0015 25
Uno (1) Asesor 1020 15
Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 23
Uno (1) Conductor Mecánico 5310 19
OFICINA ASESORA JURIDICA
Uno (1) Jefe de Oficina Asesora de Jurídica 1045 15
SECRETARIA GENERAL
Uno (1) Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 22
VICEPRESIDENCIA FINANCIERA
Uno (1) Vicepresidente de Entidad Descentralizada 0040 22
Uno (1) Asesor 1020 12
VICEPRESIDENCIA TECNICA
Uno (1) Vicepresidente de Entidad Descentralizada 0040 22
VICEPRESIDENCIA COMERCIAL
Uno (1) Vicepresidente de Entidad Descentralizada 0040 22
Artículo 2º. Fíjase en treinta y cuatro (34) el número de trabajadores oficiales al servicio de la Empresa Territorial para la Salud, ETESA.
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2001.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Manuel Santos.

La Ministra de Salud,

Sara Ordóñez Noriega.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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