Por el cual se deroga el marcado con el número 1360 del presente año
El Presidente de la República de Colombia,
CONSIDERANDO:
Que al señor Director de la Contabilidad General de la República no le es posible practicar las visitas mensuales de que trata el Decreto número 1360 del año en curso, en la Sección de Pensiones del Ministerio del Tesoro, a causa de las muchas que tiene que pasar a oficinas principales de manejo de esta ciudad,
DECRETA :
Artículo único. Derógase el Decreto número 1360, de fecha 8 de agosto último. Por el Jefe de la Oficina de Contabilidad de la Tesorería General de la República se pasarán, en lo sucesivo, a la Sección de Pensiones del Ministerio del Tesoro, las visitas mensuales de que trata ei Decreto que por éste se deroga.
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de septiembre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro del Tesoro,
ALFONSO ROBLEDO.
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