Por el cual se abren unos créditos al Presupuesto vigente (Ministerio de Gobierno y Departamento de Contraloría)

Rango Decreto
Publicación 1946-06-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que la Contraloría General de la República ha certificado la existencia de nuevos recursos fiscales por la cantidad de $ 347.152.80, así:

Oficio número 6951, del 23 de abril del corriente año, proveniente de consignación verificada en la Tesorería General, por concepto del valor de la perdida de elementos a cargo de miembros de la Policía Nacional, reintegrado por ellos $ 1.500.00
Oficio número 8374, fechado el 14 de mayo en curso, proveniente de las sumas que deben consignar en el presente año las entidades que con sus propios fondos han venido atendiendo a los gastos del control fiscal ejerciendo por el Departamento de Contraloría, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 35 de 1944 y acuerdos verificados por dicha Institución 70.326.00
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Mismo oficio número 8374, de fecha 14 de mayo último proveniente de la cancelación de pasivos exigibles, en el Balance de la Contabilidad Nacional, que en virtud de estudios hechos por la sección de Contabilidad de la Contraloría pueden cancelarse por no constituír compromisos reales del Estado 275.326.80
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Total $ 347.152.80; y
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Que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y expresado su concepto favorable a la apertura de unos créditos al presupuesto vigente con respaldo en los mencionados recursos fiscales, según consta en los expedientes levantados al efecto,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto Nacional de Rentas y recursos del Tesoro de la Nación, para el año fiscal de 1°de enero a 31 de diciembre de 1946, en la cantidad de trescientos cuarenta y siete mil ciento cincuenta y dos pesos con ochenta centavos ($347.152.80) moneda corriente, conforme al siguiente pormenor:
Numeral 50. Aporte de otras entidades para la Contraloría General $ 70.326.00
Numeral 63-A Cancelación de reservas $ 275.326.80
Numeral 63-B. Consignaciones del Ministerio de Gobierno - Policía Nacional - por concepto del valor reintegrado por el personal de la misma, correspondiente a prendas perdidas 1.500.00
Total $ 347.152.80
Artículo 2° con base en los nuevos recursos de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales el presupuesto vigente:
MINISTERIO DE GOBIERNO MINISTERIO DE GOBIERNO MINISTERIO DE GOBIERNO
CAPITULO 19 CAPITULO 19 CAPITULO 19
Policía Nacional. Policía Nacional. Policía Nacional.
Artículo 169 Para compra de vehículos para uso de la Policía Nacional $ 1.500.00
DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA DEPARTAMENTO DE CONTRALORIA
CAPITULO 109 CAPITULO 109 CAPITULO 109
Artículo 2183. Para sueldos del personal de contabilidad y fiscalización de la Contraloría General de la República y sus dependencias 284.190.64
CAPITULO 110 CAPITULO 110 CAPITULO 110
Artículo 2186 para sueldos del personal de la Dirección y demás oficinas de Estadística Nacional, en el año 61.462.16
Total $ 347.152.80
Artículo 3° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de mayo de 1946.

ALBERTO LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de P. PEREZ

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