por el cual se aprueba el inventario final de los bienes, derechos y obligaciones del Instituto Colombiano de Construcciones Escolares - ICCE-

Rango Decreto
Publicación 1990-08-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el literal e) del artículo 3° del Decreto 1548 de 1988,

CONSIDERANDO:

Que el Decreto extraordinario número 077 de 1987, suprimió el Instituto Colombiano de Construcciones Escolares, ICCE;

Que la liquidación del ICCE se adelantó con el procedimiento establecido por los Decretos reglamentarios números 1024 de 1987, 503 y 1548 de 1988;

Que el Director Liquidador del ICCE elaboró y sometió a la aprobación de la Junta Liquidadora del mismo, el inventarlo final de todos los bienes, derechos y obligaciones del ICCE,

DECRETA:

Artículo 1° Aprobar el inventario final de liquidación de los bienes, derechos y obligaciones del Instituto Colombiano de Construcciones Escolares, ICCE y el informe final del proceso de liquidación que contiene la información detallada de las actividades desarrolladas y de los derechos y obligaciones que se transfieren a la Nación (Ministerio de Educación Nacional), aprobados por la Junta Liquidadora del mencionado Instituto, según Acuerdos números 14 de junio 27 de 1989, 19 de julio 10 de 1989, 28 de agosto 23 de 1989, 35 de septiembre 27 de 1989, 44 de noviembre 15 de 1989, Acta número 10 de diciembre 22 de 1989.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de julio de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Viceministro de Educación Nacional encargado de las funciones de Ministro,

Adolfo Miguel Polo Solano.

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