Por el cual se suprimen y se crean unos cargos en la planta de personal del Ministerio del Interior

Rango Decreto
Publicación 1996-09-11
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de Las facultades que le confiere el numeral 14 del Artículo 189 de la Constitución Política de Colombia.

DECRETA:

Artículo 1º. Suprimir de la planta de personal del Ministerio del Interior, establecida por el decreto 813 de 1992 y sus decretos modificatorios los cargos que se relacionan a continuación:
Número de cargos Dependencia y denominación Código Grado
Despacho del Ministro
Uno (1) Asesor 1020 08
Cuatro (4) Profesional especializado 3010 16
Uno (1) Profesional especializado 3020 13
Dos (2) Profesional universitario 3020 08
Dos (2) Profesional universitario 3020 04
Uno (1) Técnico administrativo 4065 09
Dos (2) Auxiliar administrativo 5120 09
Uno (1) Secretario 5140 08
Oficina de orden Público y Convivencia Ciudadana
Uno (1) Jefe de Oficina Planta Global 2045 21
Dos (2) Profesional Universitario 020 09
Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 18
Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 13
Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 11
Uno (1) Ayudante de Oficina 5155 07
Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 09
Uno (1) Secretario 5140 10
Artículo 2º. Crear en la planta de personal del Ministerio del Interior, los siguientes cargos:
Número de cargos Dependencia y denominación Código Grado
Uno (1) Director Técnico 0100 15
Uno (1) Subdirector Técnico 0150 14
Uno (1) Asesor 1020 07
Tres (3) Profesional Universitario 3010 18
Dos (2) Profesional Especializado 3010 16
Uno (1) Profesional Especializado 3010 14
Cuatro (4) Profesional Universitario 3020 13
Uno (1) Profesional Universitario 3020 12
Uno (1) Profesional Universitario 3020 10
Dos (2) Profesional Universitario 3020 06
Uno (1) Técnico Administrativo 4065 17
Dos (2) Técnico Administrativo 4065 09
Uno (1) Secretario Ejecutivo 5040 20
Cuatro (4) Secretario Ejecutivo 5040 18
Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 16
Uno (1) Auxiliar Administrativo 5120 14
Artículo 3º. Los cargos creados mediante el presente decreto serán distribuídos mediante resolución por el Ministerio del Interior de acuerdo a la estructura orgánica, planes, programas y necesidades del servicio.
Artículo 4º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica lo pertinente el decreto 813 de 1992 y las demás normas que lo aclaran, adicionan o modifican.

Publíquese y cúmplase

Dado en Santafé de Bogotá D.C, a 9 de Septiembre de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro del Interior,

Horacio Serpa Uribe.

El Ministro de Hacienda y Credito Público,

José Antonio Ocampo Gaviria.

El Director del Departamento Administrativo de la Funcion Pública,

Edgar Alfonso Gonzalez Salas.

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