Por el cual se adiciona el Decreto 107 de 1927
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Adiciónase el Decreto número 107 del presente año, en el sentido de asignar para el Batallón de Ingenieros Caldas la suma de cuarenta pesos ($ 40) mensuales para drogas y servicio de enfermerías.
Comuníquese y publíquese,
Dado en Bogotá a 29 de enero de 1927.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Guerra,
Ignacio RENGIFO B.
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