Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1942-07-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 30 de junio del presente año, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 8611, procedente de la Secretaria de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 70:

Del artículo 1051. Para dar cumplimiento a la Ley 112 de 1937, honores al doctor Carlos E. Restepo $ 3.000.00
Capítulo 68: Al artículo 1016 - A. Para gastos de la excursión que llevarán a cabo los alumnos de la Escuela de Minas de Medellín $ 1.000.00
Capítulo 70: Al artículo 1051 - A. Para la erección de un busto de don Marco Fidel Suárez 2.000.00
Suman los créditos $3.000.00
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Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 7 de julio de 1942.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Germán ARCINIEGAS

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