Por el cual se determina la organización que debe darse a uno de los Departamentos de la Administración General de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando que el aumento de encomiendas postales que llegan a la Administración General de Correos impone la necesidad de dar una organización especial a la Oficina encargada de este servicio,
decreta:
Artículo 1º El Departamento de Encomiendas Postales de la Administración Generala de Correos se organizara como una aduana, en cuanto las disposiciones de la Unión Postal Universal lo permitan, y estará bajo la dirección inmediata de un Director Jefe.
Artículo 2º El Director jefe del Departamento de Encomiendas Postales de la Administración General de Correos tendrá un sueldo mensual de $ 200 y asegurara su manejo con u una caución de $ 2,000.
Artículo 3º Por Decreto separado se reorganizará el personal de este Departamento y se fijarán las asignaciones correspondientes.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de septiembre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA- El Ministro de Gobierno, miguel ABADIA MENDEZ.
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