por el cual se da una facultad especial al Intendente Nacional del Amazonas
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto, facúltase especialmente al señor Intendente Nacional del Amazonas para nombrar y remover libremente a los Agentes de primera y de segunda clase de la Policía Nacional, pertenecientes a la guarnición de ese territorio, y al Secretario Almacenista de dicha Intendencia.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de julio de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS CAMARGO
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