por el cual se aprueba una modificación a los Estatutos del Fondo Nacional de Caminos Vecinales

Rango Decreto
Publicación 1992-10-01
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los Decretos 1050 y 3130 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1º Apruébase el Acuerdo número 009 del 28 de abril de 1992, expedido por la Junta Directiva del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, cuyo texto es el siguiente:

ACUERDO NUMERO 009 DE 1992

(abril 28)

por el cual se modifican los estatutos del Fondo Nacional de Caminos Vecinales.

La Junta Directiva del Fondo Nacional de Caminos Vecinales, en uso de las facultades que le confiere el artículo 26, literal b) del Decreto 1050 de 1968,

ACUERDA:

Artículo 1° El literal d) del artículo octavo del Acuerdo número 45 de 1983 quedará así:

Artículo 2° El literal m) del artículo decimoquinto del Acuerdo número 45 de 1983 quedará así:

Artículo 3° El presente Acuerdo deroga el artículo primero del Acuerdo número 041 de 1987, y modifica el literal d) del artículo octavo y literal m) del artículo decimoquinto del Acuerdo número 045 de 1983 y rige a partir de la fecha de publicación del Decreto del Gobierno que le imparta su aprobación.

Cúmplase.

El Presidente,

(Fdo.) Mauricio Ramírez Kopel.

El Secretario,

(Fdo.) Joaco H. Berrio Villarreal.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente al Decreto número 2569 del 9 de noviembre de 1983.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 1º de octubre de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Obras Públicas y Transporte,

Jorge Bendeck Olivella.

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