Por el cual se crean unos cargos y se suprimen otros en el Ministerio de Obras Públicas (ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
- 1° Que el Ministerio de Obras Públicas tiene celebrados contratos para la construcción de la carretera Pasto-Puerto Asís, y pavimentación de las carreteras Central del Norte, trayecto Duitama-Susacón y Pasto-Mercaderes, contratos que requieren para el control de la obra y de los fondos el nombramiento de Interventores;
- 2° Que son innecesarios los cargos de la Interventoría de Obras Publicas del Departamento de Nariño;
- 3° Que es innecesario el cargo de Segundo Ayudante de Almacén, que la Cooperativa de la Zona de Carreteras Nacionales de Cali tiene ya fondos suficientes para pasar a los empleados por su cuenta, y
- 4° Que se considera innecesario el cargo de Ingeniero Ayudante del Interventor de la carretera La Ceiba-Abrego,
DECRETA:
Artículo primero. Créanse los siguientes cargos:
Ingeniero Interventor del contrato de construcción de la carretera Pasto-Puerto Asis, celebrado con el ingeniero Joaquín Caicedo, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800).
Ingeniero Interventor del contrato de pavimentación de la carretera central del Norte, en el trayecto Duitama-Susacón celebrado con el ingeniero Víctor Jiménez Suárez, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800).
Ingeniero Interventor del contrato celebrado con el ingeniero Eduardo Buchelli para la pavimentación de la carretera Pasto-Mercaderes, con una asignación mensual de ochocientos pesos ($ 800).
Paragrafo. El valor de los sueldos de los cargos creados anteriormente, será pagado con los fondos destinados para atender al desarrollo de los contratos, respectivamente.
Artículo segundo. Suprímense en la Interventoría de Obras Publicas del Departamento de Nariño los siguientes cargos Ingeniero Jefe, Ingeniero Ayudante. Ingeniero Ayudante Auxiliar de Pavimentación y Habilitado Almacenista.
Artículo tercero. Suprímense en la Zona de Carreteras Nacionales de Cali los siguientes cargos: Segundo Ayudante de Almacén Proveedor de Cooperativa, Almacenista de la Cooperativa y Contador de la Cooperativa.
Artículo cuarto. Suprímese el cargo de Ingeniero Ayudante del Interventor de la carretera La Ceiba-Abrego.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de junio de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Obras Publicas, Víctor ARCHILA
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.