por el cual se fija a los alcaldes la escala de viaticos para comisiones de servicios en el exterior del país

Rango Decreto
Publicación 1996-09-11
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de República de Colombia, en desarrollo del artículo 112 de la Ley 136 de 1994,

DECRETA:

Artículo 1º. A partir de la vigencia del presente Decreto, a los alcaldes que deban cumplir comisiones de servicio en el exterior del país se les aplicará la escala de viáticos establecida en el artículo 1º del Decreto 11 de 1996 y demás disposiciones que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase,

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de septiembre de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro del Interior,

Horacio Serpa Uribe.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Antonio Ocampo Gaviria.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Edgar Alfonso González Salas.

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