por el cual se crea una Consejería en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República

Rango Decreto
Publicación 2005-05-24
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 189, numeral 16 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Créase en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la Consejería para la Competitividad.
Artículo 2º. Asignar a la Consejería para la Competitividad las siguientes funciones:
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 127 del 19 de enero de 2001.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 23 de mayo de 2005.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Bernardo Moreno Villegas.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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