Por el cual la Nación transfiere al Departamento del Magdalena el dominio y posesión del Hotel Tairona, de Santa Marta

Rango Decreto
Publicación 1953-07-10
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

considerando:

Que la Nación construyó en terrenos de su propiedad, en Santa Marta, un Hotel que fue denominado "Hotel Tairona", para llenar una necesidad de alojamiento confortable para todos los turistas nacionales y extranjeros que visitan esa importante ciudad, que albergó en sus últimos días de existencia al Libertador;

Que dicho edificio debe ser conservando y administrado más directamente, ya que la Nación no tiene el organismo adecuado para ello,

decreta:

Artículo primero. Cédese, a título gratuito, al Departamento del Magdalena el derecho de dominio y posesión que la Nación tiene sobre el Hotel Tairona, de Santa Marta, y sus anexidades, el cual seguirá teniendo la destinación especial para que fue construido.
Artículo segundo. El cesionario respetará hasta su vencimiento, los contratos de arrendamiento que el Ministerio de Fomento tenga perfeccionados sobre el inmueble en referencia.
Artículo tercero. Autorizase al Ministro de Fomento para que firme la escritura de cesión de los derechos de propiedad de qué trata el presente Decreto. Asimismo, queda autorizado el Ministro de Fomento para que por medio de comisionados suyos, haga entrega material del edificio y sus anexidades al Gobernador del Departamento del Magdalena, con la intervención de un representante de la Contraloría General de la República, diligencia de la cual se levantará un acta.
Artículo cuarto. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 25 de junio de 1953.

Teniente General, GUSTAVO ROJAS PINILLA.

El Ministro de Gobierno,

Lucio Pabón Núñez.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Evaristo Sourdis.

El Ministro de Justicia,

Antonio Escobar Camargo.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Guerra,

Brigadier General Gustavo Berrío M.

El Ministro de Agricultura y Ganadería,

Brigadier General Arturo Chary.

El Ministro del Trabajo,

Aurelio Caycedo Ayerbe.

El Ministro de Salud Pública,

Bernardo Henao Mejía.

El Ministro de Fomento,

Alfredo Rivera Valderrama.

El Ministro de Minas y Petróleos,

Pedro Nel Rueda Uribe.

El Ministro de Educación Nacional,

Manuel Mosquera Garcés.

El Ministro de Comunicaciones,

Teniente Coronel Manuel Agudelo.

El Ministro de Obras Públicas,

Santiago Trujillo Gómez.

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