por el cual se establece la Estructura del Banco Agrario de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 2002-08-07
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades otorgadas por el numeral 16 del artículo 1 89 de la Constitución Política, en concordancia con el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. Ajustar la Estructura actual del Banco Agrario de Colombia S. A., la cual quedará conformada de la siguiente manera:

1. Asamblea General de Accionistas
2. Junta Directiva
3. Presidencia
3.1. Oficina de Control Interno
3.2. Secretaría General
3.3. Oficina Jurídica
3.4. Gerencia de Riesgo Financiero
3.5. Gerencia de Comunicaciones
3.6. Gerencia de Vivienda
4. Vicepresidencia Administrativa y de Gestión Humana
4.1. Oficina de Control Disciplinario Interno
4.2. Gerencia de Gestión Humana
4.3. Gerencia Administrativa
5. Vicepresidencia Comercial
5.1. Gerencia de Mercadeo e Información
5.2. Gerencia de Banca Oficial
5.3. Gerencia de Banca Empresarial
5.4. Gerencia de Banca Agropecuaria
5.5. Gerencia de Banca de Personas
5.6. Gerencia de Prevención del Lavado de Activos
5.7. Gerencias Regionales
5.7.1. Subgerencia Comercial
5.7.2. Subgerencia de Crédito y Cartera
5.7.3. Subgerencia Administrativa y Financiera
5.7.4. Gerencia Zonal
5.7.5. Agencias
6. Vicepresidencia de Crédito y Cartera
6.1. Gerencia de Políticas y Procedimientos de Crédito
6.2. Gerencia de Cobranza Especializada
6.3 Gerencia de Sistemas de Información Gerencial
6.4. Gerencia de Análisis de Crédito
7. Vicepresidencia Financiera
7.1. Gerencia de Planeación y Control Financiero
7.2. Gerencia de Tesorería
7.3. Gerencia de Contabilidad e Impuestos
8. Vicepresidencia de Operaciones y Tecnología
8.1. Gerencia de Sistemas
8.2. Gerencia de Operaciones
8.3. Gerencia de Renovación Tecnológica
8.4. Gerencia de Usuarios
Organos de Asesoría y Coordinación:
1. Comité de Presidencia
2. Comité de Archivo
3. Comité de Gestión de Activos y Pasivos
4. Comité de Evaluación y Control de los Riesgos Físicos
5. Comités para la Evaluación de la Cartera
6. Comité de Defensa Judicial y Conciliaciones
7. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno
8. Comité de Auditoría de la Junta Directiva

Artículo 2º. Son funciones del Presidente del Banco:

Artículo 3º. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes:

Artículo 4º. Son funciones de la Secretaría General:

Artículo 5º. Son funciones de la Oficina Jurídica:

Artículo 6º. Son funciones de la Gerencia de Riesgo Financiero:

Artículo 7º. Son funciones de la Gerencia de Comunicaciones:

Artículo 8º. Son funciones de la Gerencia de Vivienda:

Artículo 9º. Son funciones de la Vicepresidencia Administrativa y de Gestión Humana:

Artículo 10. Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario Interno:

Artículo 11. Son funciones de la Gerencia de Gestión Humana:

Artículo 12. Son funciones de la Gerencia Administrativa:

Artículo 13. Son funciones de la Vicepresidencia Comercial:

Artículo 14. Son funciones de la Gerencia de Mercadeo e Información:

Artículo 15. Son funciones de la Gerencia de Banca Oficial:

Artículo 16. Son funciones de la Gerencia de Banca Empresarial:

Artículo 17. Son funciones de la Gerencia de Banca Agropecuaria:

Artículo 18. Son funciones de laGerencia de Banca de Personas:

Artículo 19. Son funciones de la Gerencia de Prevención del Lavado de Activos:

Artículo 20. Son funciones de las Gerencias Regionales:

Parágrafo. El Banco Agrario de Colombia S.A., podrá tener hasta doce (12) Gerencias Regionales, cuya jurisdicción y sede será definida por la Junta Directiva según propuesta del Presidente del Banco.

Artículo 21. Son funciones de la Subgerencia Comercial:

Artículo 22. Son funciones de la Subgerencia de Crédito y Cartera:

Artículo 23. Son funciones de la Subgerencia Administrativa y Financiera:

Artículo 24. Son funciones de la Gerencia Zonal:

Artículo 25. Son funciones de las Agencias:

Artículo 26. Son funciones de la Vicepresidencia de Crédito y Cartera las siguientes:

Artículo 27. Son funciones de la Gerencia de Políticas y Procedimientos de Crédito:

Artículo 28. Son funciones de la Gerencia de Cobranza Especializada:

Artículo 29. Son funciones de la Gerencia de Sistemas de Información Gerencial:

Artículo 30. Son funciones de la Gerencia de Análisis de Crédito:

Artículo 31. Son funciones de la Vicepresidencia Financiera:

Artículo 32. Son funciones de la Gerencia de Planeación y Control Financiero:

Artículo 33. Son funciones de la Gerencia de Tesorería:

Artículo 34. Son funciones de la Gerencia de Contabilidad e Impuestos:

Artículo 35. Son funciones de la Vicepresidencia de Operaciones y Tecnología:

Artículo 36. Son funciones de la Gerencia de Sistemas:

Artículo 37. Son funciones de la Gerencia de Operaciones:

Artículo 38. Son funciones de la Gerencia de Renovación Tecnológica:

Artículo 39. Son funciones de la Gerencia de Usuarios:

Artículo 40. Compete a los Organos de Asesoría y Coordinación las siguientes responsabilidades:

Parágrafo. Corresponde a la Junta Directiva del Banco Agrario de Colombia S.A. crear los Comités y Comisiones que exijan las disposiciones legales y los demás que considere necesarios para el buen funcionamiento de la Entidad, señalando su conformación y funciones.

Artículo 41. El presente decreto rige desde la fecha de su publicación y deroga el Decreto 1066 del 26 de Junio de 1999.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Federico Rengifo Vélez.

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Rodrigo Villalba Mosquera.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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