Por el cual se establece oficina de Correos en el Municipio de Toledo (Antioquia)

Rango Decreto
Publicación 1920-01-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que el señor Gobernador del Departamento de Antioquia indica que en el Municipio de Toledo no es posible que la Administración de Correos sea servida por empleado alguno del Municipio, debido al recargo de negocios que en las oficinas existe; y

Que la Administración de Correos en aquel Municipio viene prestándose ad honorem y adscrita al Secretario de la Alcaldía,

decreta:

Artículo 1º Establécese en el Municipio de Toledo (Antioquia), una Oficina de Correos servida por un Administrador, con sueldo mensual de quince pesos ($ 15).
Artículo 2º Fíjase en un peso ($ 1) mensual la suma destinada para útiles de escritorio de la Oficina a que se refiere el artículo anterior.
Artículo 3º El gasto que ocasione el presente Decreto se imputara al capítulo..., artículo…, del Presupuesto de la vigencia en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de enero de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.

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