Por el cual se actualizan unas cuantías
El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las atribuciones que le confiere el artículo 5º de la Ley 22 de 1985,
DECRETA:
Artículo 1º En desarrollo de lo dispuesto en el inciso c) del artículo 5º de la Ley 22 de 1985 y del parágrafo del artículo 16 del Decreto-ley 468 de 1986, para la aprobación o improbación por parte del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarias "Dainco", señálanse las cuantías de los contratos celebrados por las Intendencias y sus entidades descentralizadas en nueve millones doscientos once mil quinientos treinta y tres pesos ($9.211.533.00) moneda corriente y, en cinco millones quinientos veintiséis mil novecientos veinte pesos ($5.526.920.00) para las Comisarías y sus entidades descentralizadas.
Artículo 2º Este Decreto rige desde la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 20 de enero de 1989.
VIRGILIO BARCO
El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarias,
Dario Meza Latorre.
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