Por el cual se dispone la organización de los trabajos de estudio y de construcción del camino de Honda a Manizales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta:
Que en el artículo 692 del Presupuesto Nacional de gastos de la vigencia en curso se apropió la suma de $ 2,400 para la vía de Honda a Manizales,
decreta:
Artículo 1º Dispónese la ejecución de los trabajos de estudio del trazado definitivo y construcción de la vía que va de Honda a Manizales, los cuales estarán a cargo de un Ingeniero Administrador con un sueldo mensual de $ 210, más $ 40 para gastos de alimentación.
Artículo 2º Los trabajos de trazado se llevarán a cabo en secciones de diez kilómetros cada una, sometiéndolas, a medida que vayan terminándose, a la aprobación del Ministerio de Obras Públicas.
Parágrafo. Obtenida la aprobación a que se refiere el artículo anterior, se dará principio a las obras de construcción; tanto éstas como el trazado deberán llevarse a cabo de acuerdo con las instrucciones reglamentarias sobre la materia, expedidas por el citado Ministerio.
Artículo 3º El pago de sueldos y demás gastos que se causen lo hará directamente el Habilitado General de Caminos Nacionales, quien incorporará en la cuenta que rinde mensualmente a la Contraloría General de la República los comprobantes que acrediten la erogación.
Artículo 4º Nómbrase al señor Emilio Montoya, para desempeñar el puesto de Ingeniero Administrador, creado por el presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de octubre de 1924.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Aquilino VILLEGAS.
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