por el cual se establece la estructura de Artesanías de Colombia S. A. y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 2002-08-06
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE DESARROLLO ECONOMICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y con sujeción a los principios y reglas del artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

CAPITULO I

Estructura

Artículo 1º.Estructura. La estructura de Artesanías de Colombia S. A. será la siguiente:

3.1 Oficina de Control Interno.

CAPITULO II

De las funciones

Artículo 2º. La Asamblea General de Accionistas, la Junta Directiva y la Gerencia General de Artesanías de Colombia S. A. cumplirán las funciones señaladas en la ley, en los Estatutos de la Entidad y en las demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 3º. Son funciones de la Gerencia General las siguientes:

Control Interno

Artículo 4º. Son funciones de la oficina de Control Interno, las siguientes:

Subgerencia Administrativa y Financiera

Artículo 5º. Son funciones de la Subgerencia Administrativa y Financiera las siguientes:

Subgerencia Comercial

Artículo 6º. Son funciones de la Subgerencia Comercial las siguientes:

Subgerencia de Desarrollo

Artículo 7º. Son funciones de la Subgerencia de Desarrollo las siguientes:

Organos de asesoría y coordinación

Artículo 8º.Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno. El Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno actuará como órgano asesor del Gerente General, y se regirá por las disposiciones señaladas en la Ley 87 de 1993, el Decreto 1826 de 1994 y demás normasvigentes.
Artículo 9º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Acuerdo de la Junta Directiva de Artesanías de Colombia S. A. número 008 de 3 diciembre 1998.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de agosto de 2002.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Desarrollo Económico,

Eduardo Pizano de Narváez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Mauricio Zuluaga Ruiz.

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