por el cual se aprueban unas modificaciones a los estatutos del Instituto de Crédito Territorial

Rango Decreto
Publicación 1947-05-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

En uso de las facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Apruébanse las siguientes modificaciones a los estatutos del Instituto de Crédito Territorial, aprobadas por la Junta Directiva en sesión del 7 de mayo del año en curso:

Serán funciones del Revisor Fiscal, las señaladas en el inciso 3º del precitado Decreto número 1402.

La remuneración del funcionario de que se trata, será cubierta por el Instituto, en cuanto le corresponda de conformidad con el inciso 2º de dicha disposición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de mayo de 1947.

MARIANO ORPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Francisco de Paula PEREZ

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