Por medio del cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas

Rango Decreto
Publicación 1981-07-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 6º de 1971 y oído el concepto previo del Consejo Nacional de Política Aduanera.

DECRETA:

Artículo 1º. Señálanse los siguientes gravámenes arancelarios a las posiciones del Arancel de Aduanas que a continuación se indican:
Posición Gravamen
74.01.01.00 1
74.01.02.00 5
7401.03.01 5
74.01.03.99 5
74.01.04.00 5
74.01.05.00 5
75.01.01.00 5
75.01.03.00 5
16.01.01.00 1
76:01.02.00 1
79.01.03.00 5
Artículo 2º. Enlostérminos indicados en el artículo anterior queda modificado el artículo 1º del Decreto 895 de 1980.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 23 de junio de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo WiesnerDurán.

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