Por medio del cual se introducen unas modificaciones en el Arancel de Aduanas
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere la Ley 6º de 1971 y oído el concepto previo del Consejo Nacional de Política Aduanera.
DECRETA:
Artículo 1º. Señálanse los siguientes gravámenes arancelarios a las posiciones del Arancel de Aduanas que a continuación se indican:
| Posición | Gravamen |
|---|---|
| 74.01.01.00 | 1 |
| 74.01.02.00 | 5 |
| 7401.03.01 | 5 |
| 74.01.03.99 | 5 |
| 74.01.04.00 | 5 |
| 74.01.05.00 | 5 |
| 75.01.01.00 | 5 |
| 75.01.03.00 | 5 |
| 16.01.01.00 | 1 |
| 76:01.02.00 | 1 |
| 79.01.03.00 | 5 |
Artículo 2º. Enlostérminos indicados en el artículo anterior queda modificado el artículo 1º del Decreto 895 de 1980.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 23 de junio de 1981.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo WiesnerDurán.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.