Que adiciona el marcado con el número 1502 de 1906

Rango Decreto
Publicación 1907-02-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la*República de Colombia,*

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

1.° Que el número 12,832 del Diario Oficial, que publicó el Decreto número 1502 de 14 de Diciembre próximo pasado, no vio la luz pública hasta el 28 del propio mes; y

2.° Que por tal motivo el referido Decreto no fue conocido en muchas de las poblaciones del país hasta en los últimos días de Enero último,

DECRETA:

Artículo único. Los empleados subalternos de las Administraciones de Circuito de Hacienda nacional, que fueron suprimidos por el artículo 1.° del Decreto número 1502 de 14 de Diciembre de 1906, tienen derecho á un sueldo igual al que disfrutaban hasta el 31 de Diciembre de aquel año, durante el mes de Enero próximo pasado.

Parágrafo. Los gastos que ocasione este Decreto serán imputables á la partida que se vote en el Presupuesto del presente año económico para gastos imprevistos del Ministerio de Hacienda y Tesoro.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 12 de Febrero de 1907,

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

TOBIAS VALENZUELA

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