por el cual se reforma el Decreto número 1990 de 1933, sobre títulos de Escuela Normal Superior
El Presidente de la República de Colombia.
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el plan de estudios de la Escuela Normal Superior comprende hoy seis especializaciones de índole diversa, distintas de las que existían cuando empezó a funcionar la entonces llamada Facultad de Ciencias de la Educación, y en cada una de ellas se ha dado preferencia a las asignaturas del respectivo grupo:
Que es conveniente diferenciar los títulos y diplomas de los licenciados y doctores de las distintas especializaciones, como estímulo para los mismos,
DECRETA:
Artículo 1º. El alumno que haya cursado y aprobado todas las materias del pénsum de la Escuela Normal Superior en la respectiva especialización, tendrá derecho a recibir el título de Licenciado en Filología e Idiomas, Ciencias Biológicas y Química, Ciencias Sociales y Economía, Matemáticas y Física, Ciencias de la Educación, Educación Física, etc., según el caso.
Artículo 2º. Quedan reformados el artículo 6º del Decreto número 1990 de 1933, y el artículo 113 del reglamento vigente en la Escuela, que es el aprobado por el Decreto número 2171 de 1934.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de enero de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Educación Nacional.
FabioLOZANO Y LOZANO
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