Por el cual se organiza la Oficina Postal de Istmina, Intendencia del Chocó
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo único. Desde el día primero del mes de octubre del presente año la Oficina de Correos de Istmina-IItendencia del Chocó-funcionará independientemente de la Oficina Telegráfica, servida por un Administrador, con sueldo de treinta pesos ($ 30), y dos pesos ($ 2) para gastos de útiles de escritorio mensuales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de septiembre de 1917.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, miguel ABADIA MENDEZ.
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