Por el cual se distribuye una partida

Rango Decreto
Publicación 1940-08-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República, de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. La suma de mil doscientos pesos ($ 1.200), trasladada por Decreto número 1123 de 1940 al capítulo 59, artículo 960, de la Ley dé Apropiaciones vigente, se distribuye así:
Mensual Total.
Para pagar el Profesorado externo del Colegió de Santa Librada, de Neiva, sesenta (60) horas de clase mensuales, en diez (10) meses, de marzo a diciembre, a razón de dos pesos ($ 2) la hora de clase $120.00 $1.200.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de agosto de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Jorge Eliécer GAITAN

Digitó: CC1.023.922.646

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