Por el cual se distribuye una apropiación

Rango Decreto
Publicación 1951-08-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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EI Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° Del saldo de la partida apropiada en el Capítulo 122, artículo 1597 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, para gastos de administración y construcción de Edificios Nacionales, hácese la siguiente distribución parcial:
Capítulo 122, artículo 1597.
Ordinal Z-1 Para el pago de jornales, material y demás gastos de administración de Edificios Nacionales en el país $ 180.000.00
Ordinal Z-2 Para obras de adaptación del Hospital de Popayán para Cárcel 124.836.98
Ordinal Z-3 Para continuar la construcción del Palacio de Justicia de Neiva 300.000.00
Ordinal Z-4 Para continuar la construcción del Hospital de Ibagué 330.000.00
Ordinal Z-5 Para terminar la construcción del Edificio Nacional de Garzón 120.000.00
Ordinal Z-6 Para la reconstrucción del Palacio de San Carlos 320.000.00
Ordinal Z-7 Para continuar la construcción del Hospital de Puerto Berrio 9.483.12
Ordinal Z-8 Para continuar la construcción del Edificio Nacional de Barranquilla 395.000.00
Ordinal Z-9 Para continuar la construcción del Edificio Nacional de Pereira 8.000.00
Ordinal Z-10 Para la construcción del Pabellón de Comedores de la Escuela de Aplicación de Infantería de Usaquén 80.000.00
Ordinal Z-11 Para continuar la construcción del Hospital Antituberculoso de "Santa Clara", de Bogotá 150.000.00
Ordinal Z-12 Para terminar la construcción de los Cuarteles para el Batallón Ferrocarrileros "Mejía" de Bogotá 50.000.00
Ordinal Z-13 Para terminar la construcción del Hotel de Turismo de Soatá 58.083.02
Ordinal Z-14 Para continuar la construcción del Edificio para Oficinas de Correos y Telégrafos de Garzón 6.000.00
Artículo 2° Adiciónase en $ 25.000.00 la apropiación del Capítulo 122, articulo 1597, ordinal A), para gastos en el Edificio para los Ministerios.
Artículo 3° Adiciónase en $ 5.000.00 la apropiación del Capítulo 122, artículo 1597 Ordinal RR), construcción del Hospital Sanatorio para Tuberculosos en la ciudad de Cartagena.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de agosto de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo-El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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