Por el cual se delegan unas facultades presidenciales

Rango Decreto
Publicación 1938-10-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere la Ley 202 de 1936,

DECRETA:

Artículo 1º Delegase a los Ministros del Despacho Ejecutivo a las siguientes facultades presidenciales:
Artículo 2º Las resoluciones que en virtud de delegación dicten los Ministros del Despacho Ejecutivo, serán autorizados por los respectivos Secretarios.
Artículo 3º Queda en los anteriores términos adicionado el Decreto número 500, de fecha 25 de febrero de 1937.
Artículo 4º Este Decreto regirá desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 10 de septiembre de 1938.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Gobierno,

Carlos LOZANO Y LOZANO

El Ministro de Economía Nacional,

Jorge GARTNER

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