por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímese en la planta global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes cargos:
| Nº de cargos | Nivel y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Dirección y Asistencia al Presidente | |||
| Uno (1) | Consejero Presidencial | 110 | 41 |
Artículo 2º. Créanse en la planta global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes cargos:
| Nº de cargos | Nivel y denominación del empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| Dirección y Asistencia al Presidente | |||
| Uno (1) | Director Programa Presidencial | 120 | 41 |
Artículo 3º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1682 de 1991 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 23 de agosto de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Manuel Santos Calderón.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
Eduardo Pizano de Narváez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Mauricio Zuluaga Ruiz.
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