Por la cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1940-08-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 16 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para trasladar una suma dentro del presupuesto del Ministerio de Minas y Petróleos, según consta en la nota número 4698, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE MINAS; Y PETROLEOS

Capítulo 52:
Del artículo 823. Para sueldos del personal del Departamento ele Minas Dirección, Sección de Ingeniería, Jurídica y Salinas) $ 240.00
Capítulo 52:
Al artículo 846. Para el pago de arrendamientos 240.00
Sumas iguales $ 240.00 240.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de agosto de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Minas y Petróleos,

Juan Pablo MANOTAS

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