Por el cual se reforma el artículo 3o del Decreto número 1639, del corriente año

Rango Decreto
Publicación 1924-10-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de facultades legales, y

considerando:

Que el día 9 de diciembre próximo celebra el Perú el primer centenario de la batalla de Ayacucho;

Que con motivo de los festejos que han de tener lugar en Lima, en conmemoración de dicho centenario, se va a verificar en los últimos días del mes de noviembre el Tercer Concurso Americano de Tiro;

Que el Gobierno de la República hermana ha invitado oficialmente al Gobierno de Colombia para que tome parte en el Tercer Concurso Americano de Tiro, enviando representantes del Tiro de Colombia, y

Que Colombia, para conmemorar de manera, digna la fraternidad que unió a las Repúblicas de Bolívar en aquel grandioso hecho de armas, se considera en el deber de aceptar la obligante invitación del Perú, decreta:

Artículo 1º Créase una Comisión Militar, compuesta por dos Oficiales en servicio activo para que se traslade a la ciudad de Lima, en donde representará al Tiro de Colombia en el Tercer Concurso Americano de Tiro, que allí ha de tener lugar con motivo de los festejos del primer centenario de la batalla de Ayacucho.

Artículo 2º Nómbrase para esta Comisión a los señores Teniente Coronel don Adelmo A. Ruiz y Mayor don Fidel Abadía.

Artículo 3º Los gastos que ocasione esta Comisión serán imputables al artículo 413, capítulo 42, del Presupuesto vigente, y los miembros de ella disfrutarán del sobresueldo que señala el artículo 6º de la Ley 91 de 1919.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 15 de octubre de 1924.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Guerra, Carlos Jaramillo Isaza.

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