Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1943-09-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 18 de agosto del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según consta en la nota número 1142, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

Capitulo 19:
Del artículo 164. Para sueldos del personal del Ministerio y Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, en el año $ 2.589.35
Capitulo 20
Del artículo 174. Para gastos de representación del personal diplomático, en el año 7.006.00
Capitulo 21
Del artículo 178. Para sueldos del personal consular, en el año 10.000.00
Suman los contracréditos $ 19.589.35
Capitulo 19:
Al artículo 166. Para el pago de servicio telefónico de las dependencias del Ministerio, y arrendamiento de garajes de los automóviles del mismo, en el año $ 549.35
Al artículo 169. Para material y gastos varios del Ministerio, combustibles, lubricantes, reparaciones y repuestos de los vehículos al servicio del mismo, en el año 7.500.00
Capitulo 20:
Al artículo 175. Para atender al pago de sueldos en viaje, de ida y regreso, de los funcionarios del servicio diplomático, en el año 6.000.00
Capitulo 21:
Al artículo 180. Pará atender al pago de sueldos, en viaje de ida y regresó, de los funcionarios fiel servicio consular, en el año 5.000.00
Capítulo 23:
Al artículo 189. Para atender al pago de cuentas de toda clase, correspondientes a vigencias expiradas 540.00
Suman los créditos $ 19.589.35
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de agosto de 1943.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Gabriel TURBAY

El Ministro de Hacienda y ('rédito Público,

Alfonso ARAUJO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.