por el cual se introducen algunas modificaciones en la organización administrativa del Ministerio de Educación Nacional

Rango Decreto
Publicación 1950-05-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 5
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el artículo 45 del Decreto legislativo 289 de 1950,

DECRETA:

Un Jefe $. 570.00
Un Director de la Revista de las Indias 350.00
Un Contador Almacenista 300.00
Un Operador reparador de equipos 300.00
Un Almacenista 280.00
Un Mecanotaquígrafo Secretario 200.00
Una Mecanotaquígrafa 200.00
Un Operador de. cine, ayudante 200.00
Dos Primeros Actores, a $ 200 cada uno 400.00
Un Actor 170.00
Una Actriz 100.00
Dos choferes, a razón de $ 180 cada uno 360.00
Un Celador Ayudante del Almacenista. 150.00
Un Mensajero 120.00
Dos Aseadoras, a razón de $ 80 cada una 160.00
Artículo 4° Créanse los siguientes cargos:
Un Calígrafo en el Departamento Jurídico con una asignación mensual de $ 250.00
Un Oficial 2° de Certificados en el Departamento de Educación Secundaria (Sección: de Negocios Generales de Bachillerato), con una asignación mensual de 250.00
Una Mecanotaquígrafa del Departamento de Personal, con una asignación mensual de 200.00
Artículo 5° Este Decreto regirá desde el quince de mayo del corriente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de mayo 1950.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda -y Crédito-Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO El Ministro de Educación Nacional, Manuel MOSQUERA GARCES.

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