por medio del cual se modifica el parágrafo 1°del artículo 1° del Decreto 724 de 1969

Rango Decreto
Publicación 1984-07-13
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADISTICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 3º del artículo 120 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Articulo 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de junio de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,

Mauricio Ferro Calvo.

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