Que fija sueldos del Telegrafista - Administrador de Correos y ayudante de Inza
El Vicepresidente de la República encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Fíjanse en cincuenta y cuarenta pesos por mes, respectivamente, los sueldos del Telegrafista-Administrador de Correos de Inzá y del Ayudante de la misma Oficina.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Madrid (Departamento de Cundinamarca), á 16 de Febrero de 1894.
- M. A. CARO
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno,
José Domingo Ospina C.
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