por el cual se señala una asignación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que con motivo de haberse suprimido la plaza de Ayudante del archivo de la correspondencia telegráfica de la República, las funciones del Guarda del mismo se han recargado considerablemente,
DECRETA:
Artículo único. A partir del día 1.° de Febrero en curso fíjase en treinta y dos pesos ($ 32) la asignación mensual del Guarda del archivo de la correspondencia telegráfica de la República.
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá á 18 de Febrero de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
JOBGB ROA
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