Por el cual se aprueba una adición a la Planta de Personal del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior - ICFES
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales y en especial las que le confiere el Decreto-ley húmero 2554 de 1973,
decreta:
Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 201 del 20 de noviembre de 1974 emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior - ICFES y cuyo texto es el siguiente:
"ACUERDO NUMERO 201 DE 1974
(noviembre 20)
por el cual se adiciona la Planta de Personal del Instituto.
La Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior - ICFES en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y
considerando:
Que al estar por culminar la construcción del edificio sede del Instituto y dadas sus características, se hace necesario contar con servicios adicionales de celaduría, mantenimiento y aseo;
Que por Acuerdo número 147 de 1974 se suprimieron los empleos de la Oficina de Relaciones Públicas los cuales suponían un monto mensual de sueldos básicos de $ 18.320.00.
Que con los sobrantes presupuestales de la supresión hecha por el citado Acuerdo 147 puede financiarse la creación de los empleos necesarios para la vigilancia y mantenimiento del nuevo edificio del Instituto que supone un monto mensual de sueldos básicos de $ 8.010.00;
Que el artículo 19 del Decreto extraordinario número 2554 de 1973 establece que para la creación de cargos, se requiere Acuerdo de la Junta Directiva, que deberá ser aprobado por decreto que llevará además de la firma del Ministro de Educación Nacional y de la del Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, la del Ministro de Hacienda y Crédito Público;
Que con la creación de los empleos que se hacen por el presente Acuerdo no se excede el monto global fijado para el respectivo servicio en el Acuerdo de apropiaciones iniciales, no se requiere la apertura de créditos suplementales o extraordinarios y por lo tanto se ajusta a lo dispuesto por los Decretos números 2554 de 1973 y 1982 de 1974,
acuerda:
Artículo primero. Adiciónase la Planta de Personal determinada por Acuerdo número 2 de 1974 y aprobada por Decreto número 495 del mismo año, con los siguientes empleos:
Número de empleos, Dependencia y denominación del empleo, Clase, grado, sueldo básico y nivel del empleo.
| División Administrativa. | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Sección de Servicios Generales. | |||||
| Grupo de Compras y Mantenimiento. | |||||
| 1 | Celador | III | 11 | 1.770 | Auxiliar. |
| 4 | Auxiliares de Servicios Generales | VI | 10 | 1.610 | Auxiliar. |
Artículo segundo. El presente Acuerdo requiere, para su validez, la aprobación mediante decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a los 20 días del mes de noviembre de 1974.
(Fdo.), Daniel Ceballos Nieto, Presidente. (Fdo.), José Rodríguez Valderrama, Secretario.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 31 de enero de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya. El Ministro de Educación Nacional, Hernando Durán Dussán. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Jaime Lopera Gutiérrez.
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