Por el cual se reglamenta el pago de saldos a favor de los Jefes de las Oficinas Subalternas de Correos del Departamento de Cundinamarca
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1° El Administrador Principal ele Correos de Cundinamarca pasará mensualmente, al Jefe del Departamento de Caja de la administración General del ramo, copía de los finiquitos en que, resulten saldos a favor de los responsables de cuentas, para que aquella Oficina verifique el pago.
Articulo 2° El pago de los saldos que mensualmente resulten a favor de los Jefes de las Oficinas Subalternas de Correos, que rinden cuentas a la Administración Principal de Cundinamarca, se verificará por conducto de este empleado, a quien el Cajero de la Administración Genera hará la correspondiente, remesa, en vista de los finiquitos de que t rata el artículo anterior, acompañada de la relación correspondiente.
Artículo 3° El Administrador Principal de Correos de Cundinamarca remesará en oportunidad a los Jefes de las Oficinas Subalternas los saldos respectivos, para el efecto de saldar la cuenta.
Comuniqúese y publiquese.
Dado en Bogotá a 23 de septiembre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
El .Ministro de Gobierno
MIGUEL ABADIA MENDEZ.
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