por el cual se crea un Consulado y un cargo en el servicio exterior
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los numerales 2° y 14 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Créase el Consulado ad honorem de Colombia en Curitiba, capital del Estado de Paraná, Brasil, con jurisdicción en los Estados de Paraná y Mato Grosso del Sur.
Artículo 2° Créase el cargo de Cónsul ad honorem en el Consulado de Colombia en Curitiba, Estado de Paraná, Brasil, y nómbrase para desempeñarlo a la señora María Helena Canet.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 19 de agosto de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Noemí Sanín de Rubio.
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