Por el cual se adscribe al Ministerio de Obras Públicas la construcción de un edificio nacional

Rango Decreto
Publicación 1931-10-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Desde la fecha del presente Decreto, adscríbese al Ministerio de Obras Públicas todo lo relacionado con la continuación de los trabajos de construcción del edificio destinado al servicio de la Policía Nacional, situado en el cruzamiento de la carrera 7ª con la calle 4ª de esta ciudad.

En consecuencia, quedan a cargo del Ministerio de Obras Públicas todos los asuntos que se relacionan con dicho edificio.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 21 de septiembre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

El Ministro de Obras Públicas,

Alfonso ARAUJO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.