Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto extraordinario vigente

Rango Decreto
Publicación 1941-09-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que la Ley 87 de 1940, sobre Presupuesto Nacional de rentas y Ley de Apropiaciones para el año fiscal en curso, artículo 11, facultó al Gobierno para abrir créditos adicionales al Presupuesto extraordinario, destinados a aumentar las apropiaciones para atender al pago de gastos incluidos en las Partes IV y V del Presupuesto, cuando las apropiaciones respectivas resulten insuficientes por aumentan de las rentas, respaldando dichos c réditos, en ese mismo aumento; y

La Contraloría General de la República, en nota numero 15394, de 16 de septiembre en curso, ha certificado que los productos del instituto Nacional de Higiene Samper-Martínez, hasta el mes de agosto, inclusive, acusan un aumento sobre el cómputo presupuestado, de $ 18.545.26, y que los ingresos por el mismo concepto en el resto del año pueden calcularse en $ 53.293.88, lo que daría un aumento total en la vigencia de $ 71.839.14, que constituye un nuevo recurso hábil para incrementar 1a apropiación destinada a gastos del Instituto, en armonía con lo dispuesto por la Ley antes invocada,

DECRETA:

Articulo 1° Adiciónase el cómputo de ingresos extraordinarios del Presupuesto vigente, así:

PARTE QUINTA

Presupuesto de rentas con destinación especial

Numeral 59. Productos del Laboratorio Samper Martínez $ 71.839.14
Articulo 2° Con base en el ingreso de que trata el artículo anterior. ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto extraordinario vigente:

MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL

CAPITULO 97

Laboratorio Nacional de Higiene.

Artículo 1271. Para jornales, material y materias primas del Laboratorio Nacional de Higiene Samper-Martínez $ 71.839.14
Articulo 3° El presentir Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de septiembre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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