por el cual se confía al Vicepresidente de la República unas misiones y encargos especiales

Rango Decreto
Publicación 2014-09-02
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 202 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 202 de la Constitución Política establece que el Presidente de la República podrá confiar al Vicepresidente misiones o encargos especiales.

Que el artículo 209 de la Constitución Política dispone que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

DECRETA:

Artículo 1°. Confiar al Vicepresidente de la República la misión de coordinación interinstitucional e intersectorial que contribuya al desarrollo de aquellos proyectos relacionados con los sectores de vivienda e infraestructura, proyectos especiales de renovación urbana, desarrollo espacial, ejercer la Presidencia de la Comisión Intersectorial del Océano y del Espacio. Igualmente coordinará los planes de atención especial a ciertas regiones del país.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 2 de septiembre de 2014.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Liliana Caballero Durán.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.