Por el cual se ordena un gasto

Rango Decreto
Publicación 1947-05-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que es deber del Gobierno contribuir al mejor y más rápido desarrollo de los estudios de los suelos del país;

Que el Instituto Geográfico Militar y Catastral adelanta actualmente los estudios agrológicos de los suelos del Departamento del Valle, en colaboración con el Ministerio de la Economía Nacional,

DECRETA:

Artículo 1 º Destinar hasta la suma de diez y ocho mil pesos ($ 18.000.00) moneda corriente, para gastos de jornales, compra de elementos, repuestos, accesorios, transportes y demás gastos, necesarios de la Comisión de Estudios Agrológicos del Departamento del Valle, suma ésta que será girada a razón de dos mil pesos mensuales ($ 2.000.00) al Pagador de la Zona Técnico Administrativa de dicho Departamento, como aporte del Ministerio de la Economía acional y del Departamento de Agricultura, a dichos trabajos.
Artículo segundo. Todas las cuentas de cobro que se efectúen por este concepto, deberán ser visadas por el funcionario Jefe de la respectiva Comisión que designe el Instituto Geográfico, Militar y Catastral, y para su pago será necesario la refrendación por parte del Jefe de la Zona Técnico Administrativa del Departamento del Valle.
Artículo tercero. El gasto que ocasione el cumplimiento de este Decreto se imputará al capítulo 55, artículo 808 del Presupuesto de la vigencia en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a los 19 de mayo de 1947.

MARIANO ORPINA PEREZ

El Ministro de la Economía Nacional,

Moisés PRIETO

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