Por el cual se reconocen unos sueldos y se adiciona el Decreto número 2080 de 1917

Rango Decreto
Publicación 1918-01-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por falta del conocimiento oportuno en las respectivas oficinas de la supresión dispuesta por el Decreto número 2080 de 1917, de un Ayudante del Tenedor de Libros de la Aduana de Barranquilla y de un Reconocedor en la de Santa Marta, dichos empleados permanecieron en servicio hasta el 5 y 6 del presente mes, respectivamente, por lo cual es justo reconocerles el sueldo correspondiente;

Que se ha comprobado que los puestos de Ayudante del Cajero de la Aduana de Barranquilla y de Intérprete de la Aduana de Ríohacha, suprimidos por el Decreto citado, son indispensables para el buen servicio de dichas oficinas, por lo cual se autorizó a los respectivos empleados para que continuaran en el desempeño de sus funciones,

decreta:

Artículo 1° El Ayudante del Cajero de la Aduana de Barranquilla y el Reconocedor de la de Santa Marta, suprimidos por Decreto número 2080, de 28 de diciembre último, tendrán derecho a cobrar el sueldo de que disfrutaban hasta el 5 y el 6 del presente mes, respectivamente, en que sirvieron y tuvieron noticia de la supresión.
Artículo 2° Restablécense los puestos de Ayudante del Cajero de la Aduana de Barranquilla y de Intérprete de la de Ríohacha, con las asignaciones mensuales fijas de $ 74 y $65, respectivamente.

El Intérprete de la Aduana de Ríohacha continuará prestando los servicios que le señala el Reglamento interno de dicha oficina, en los ramos de Reconocimiento, Liquidación, Salinas, etc.

Parágrafo. Teniendo en cuenta que los empleados que desempeñan los puestos a que se refiere este artículo han continuado prestando sus servicios sin interrupción, se reconoce que tienen derecho

a sus sueldos desde el día l° de este mes.

Artículo 3° Por el Ministerio del Tesoro se tendrá en cuenta lo dispuesto en los artículos anteriores para las correspondientes liquidaciones de créditos en el actual Presupuesto de gastos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 26 de enero de 1918.

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Hacienda, Tomás Suri SALCEDO.

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