Por el cual se abrogan las sanciones económicas y financieras establecidas por el Decreto número 1995 de 1935, en ejecución del artículo 16 del Pacto de la Sociedad de las Naciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales, y
CONSIDERANDO:
- 1º Que la Asamblea de la Sociedad de las Naciones, en su sesión del 4 de julio en curso, invitó al Comité nombrado para coordinar la acción de los miembros de la Sociedad, a pronunciarse acerca del levantamiento de las sanciones impuestas al Reino de Italia;
- 2º Que el nombrado Comité de coordinación aprobó por unanimidad de votos, en su sesión del 6 de los corrientes, una proposición en que invita a los Gobiernos que lo componen a derogar simultáneamente las pre mencionadas sanciones el día 15 de julio de este año, y
- 3º Que el Gobierno de Colombia mantiene su adhesión a las decisiones de los organismos internacionales de que forma parte,
DECRETA:
Artículo único. Desde el 15 de julio de 1936, quedan abrogadas las sanciones económicas y financieras establecidas a Italia por medio del Decreto número 1995 de 1935.
Comuníquese y publíquese.
Dado e Bogotá a 10 de julio de 1936.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Jorge SOTO DEL CORRAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
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