"por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas"
en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6a. de 1971 y 7a. de 1991, oído el Consejo Superior de Comercio Exterior,
DECRETA:
Artículo 1°. Fijar los siguientes gravámenes arancelarios a las subpartidas del Arancel de Aduanas que a continuación se señalan:
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