Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Comunicaciones, se crean otros y se fijan unas asignaciones

Rango Decreto
Publicación 1955-07-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el Decreto. 3122 de 1952,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del 1° de julio del año en curso, suprimirse los cargos de Visitadores Generales del Ministerio de Comunicaciones, que en número de seis (6) fueron creados en virtud del Decreto 0259 de 1953, con una asignación mensual de quinientos pesos ($500.00) $ 3.000.00
Artículo 2° Créanse a partir del 1° de julio del año en curso, cinco plazas de Visitadores Generales para el Servicio de Comunicaciones, con una asignación mensual de seiscientos pesos ($ 600.00) $ 3.000.00
--- --- ---
Artículo 3° Los Visitadores Generales del Ministerio de Comunicaciones tendrán derecho a viáticos por la suma de quince pesos ($ 15.00) diarios.

Parágrafo. El gasto que demande el artículo anterior se imputará al Capítulo 110, artículo 2507 del Presupuesto vigente.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 14 de junio de 1955.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Carlos Villaveces.

El Ministro de Comunicaciones,

Brigadier General Gustavo Berrío Muñoz

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.